El Servicio de Impuestos Internos publicó, el pasado , 23 de abril de este año, un listado de seis consejos tributarios que te conviene conocer si trabajas como autónomo en los Estados Unidos. Acá te reproduzco la versión en español de dicho artículo (https://www.irs.gov/newsroom/six-things-taxpayers-should-know-about-the-sharing-economy-and-their-taxes):
Desde el alquiler de habitaciones y casas de vacaciones hasta viajes en automóvil o en bicicleta… nombre un servicio y probablemente esté disponible a través de la economía compartida.
Esta se refiere a personas dispuestas a intercambiar su conocimiento, sus habilidades, su automóvil, su tiempo o hasta su vivienda a cambio de un pago. Los servicios se prestan de persona a persona, sin intermediarios.
Aquí hay seis puntos que los contribuyentes que se dedican a alguna de estas actividades listadas deben saber puesto que estas podrían afectar la forma en cómo deben pagar sus impuestos:
1. La actividad económica compartida es generalmente tributable y sujeta a impuestos incluso cuando:
* Te dedicas a ella solo a medio tiempo.
* Es algo a lo que te dedicas en tu tiempo libre.
Recibir pagos en efectivo.
Te solicitan datos como tu número de seguro social para llenar formularios como el 1099 o o el W-2.
2. Los contribuyentes que participan en la economía compartida pueden deducir ciertos gastos. Por ejemplo, un contribuyente que usa su auto frecuentemente para llevara cabo su negocio, puede calificar para reclamar la tasa estándar de millaje, que en 2019 es de 58 centavos por milla.
3. Si un contribuyente alquila su casa, apartamento u otra vivienda, pero también vive en ella durante el año, generalmente, podría declarar esto como un gasto. Para determinar si su ingreso de alquiler residencial es tributable, los contribuyentes pueden usar la herramienta del Asistente Tributario Interactivo, Ahí pueden descubrir si es deducible su pago por alquiler residencial y otros gastos.
4. Los participantes pueden necesitar hacer pagos de impuestos estimados.
El sistema tributario estadounidense es de: pague según gane. Esto significa que los contribuyentes que frecuentemente participan en la economía compartida tienen que hacer pagos de impuestos estimados durante el año para cubrir su obligación tributaria. Estos pagos se vencen el 15 de abril, 15 de junio, 15 de septiembre y 15 de enero. Los contribuyentes usan el Formulario 1040-ES (en inglés) para calcular estos pagos.
5. Opciones de pago.
La manera más rápida y fácil de realizar pagos estimados es con el Pago Directo con cuenta bancaria del IRS. También podés usar el Sistema de pago electrónico de impuestos federales (EFTPS, por sus siglas en inglés).
6. Los contribuyentes deben revisar el contenido de su retención.
Los contribuyentes que participan en la economía compartida, que son empleados en otro trabajo, pueden frecuentemente evitar efectuar pagos de impuesto estimados al aumentar la cantidad de impuestos retenidos de sus salarios. Estos contribuyentes pueden usar la Calculadora de Retención disponible en IRS.gov para determinar la cantidad que su empleador debe retenerle. Después de determinar el monto de su retención, el contribuyente presentará a su empleador el Formulario W-4 (SP) para solicitar la retención adicional.
Para más información sobre este tipo de contenidos, visitá IRS.gov.